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Ordenan pagar a víctima de plagio con venta de casa donde la ocultaron
El secuestro es uno de los delitos de alto impacto que incrementó en México.
- Getty Images
Extinción de Dominio
CIUDAD DE MEXICO - El juez Alfonso Javier Flores Padilla, titular del Juzgado 3 de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región Especializado en Extinción de Dominio, ordenó que a una víctima de secuestro se le repare el daño que se le ocasionó con el dinero producto de la venta de la casa donde permaneció plagiada.
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Dicha resolución es la primera en la que la víctima de un delito se le beneficia con la aplicación de la Ley Federal de Extinción de Dominio, la cual además de disminuir los recursos con que cuenta la delincuencia, atiende el interés y beneficio de la sociedad a través de la utilización de los recursos o bienes extintos.
La nueva ley contempla la creación de un fondo para reparar el daño a las víctimas por hechos ilícitos relacionados con la delincuencia organizada como delitos contra la salud, secuestro, robo de vehículos y trata de personas, por los que procede la acción de extinción de dominio.
Venta de casa donde permaneció secuestrado
En la resolución se establece que en marzo del presente año se dictó sentencia en el sentido de extinguir el dominio de una casa, toda vez que se acreditó que el inmueble sirvió para mantener plagiada a la víctima.
Posteriormente, el 19 de junio se emitió otra sentencia en la que se ordenó que con el producto de la venta de ese bien se realizara el pago a la víctima del delito de secuestro por la reparación del daño, equivalente a la cantidad que pagó por el rescate.
En concreto se ordenó al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE) que exhibiera la cantidad respectiva por la venta de la casa cuyo dominio fue extinguido, para efecto de ponerla a disposición de la víctima por la reparación del daño que consistió en el pago de la cantidad que dio a sus plagiarios por el rescate.
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