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Cómo conseguir un abogado de inmigración
Teléfono de ICE para indocumentados detenidos - Univision
AILA tiene un servicio de referencia para inmigrantes
'Chicousa' busca un abogado que lo ayude, 'dragon11' quiere pedir la residencia para sus hermanas, a 'blizarr1974' la deportaron tres veces y quiere volver porque se casó en su país con un ciudadano estadounidense y 'felipe2007' cerró inesperadamente su caso de asilo político.
Estos temas fueron consultados al abogado José Pertierra en la sala de Chat de Univision Online.
La usuaria identificada como 'chicousa' preguntó: "Llevo cinco años indocumentado en Estados Unidos. ¿Qué hay de nuevo en las nuevas leyes de inmigración? ¿Hay posibilidades para solicitar un ajuste o lo pueden deportar a uno? El problema es que acá en Miami hay muchos abogados que no saben mucho de este caso y todos dicen cosas diferentes. ¿Dónde lo puedo localizar a usted? ¿Tiene alguna dirección o teléfono?"
Pertierra respondió: "Yo no doy mi teléfono ni dirección por esta vía, porque esto (el chat de inmigración de Univision Online) es un servicio comunitario.
Está diseñado para responder a las preguntas de los usuarios como una manera de educar a nuestra comunidad sobre las leyes de inmigración, y hay que hacerlo de una manera desinteresada.
Y si me pongo a buscar clientes o anunciar por esta vía, el carácter del programa cambiaría dramáticamente y se convertiría en un anuncio del abogado en busca de clientes en vez de una hora gratuita para la comunidad.
En Miami hay muchos abogados decentes y conocedores del tema de inmigración. Lo que sí les puedo decir es que hay una asociación de abogados de inmigración a nivel nacional, la American Immigration Lawers Association (AILA), a la que puedes llamar y su teléfono que es el (202) 216-2400.
Les recomiendo que llamen y pidan algunas recomendaciones de abogados de inmigración en Miami.
Nota del editor:
AILA también tiene una página web donde usted puede pedir referencias de abogados o que le informen de abogados cerca del lugar donde usted vive. Haga clic aquí e ingrese la información que le solicitan. Ellos se comunicarán con usted a través del correo electrónico.
También puede llamar gratis al servicio de referencia, número 1(800) 954-0254
La Sección 254(i)
El usuario identificado como 'dragon11' preguntó: "Soy ciudadano americano desde hace cinco años y quiero arreglarle la residencia permanente a mi mama y mis dos hermanas, de 23 y 28 años. Ellas entraron ilegalmente a Estados Unidos. Mi entender es que tengo que esperar hasta que el gobierno (el Congreso) active la Sección 245(i) (de la Ley de inmigración) para poder arreglarles (legalizar su estadía) sin tener la necesidad de que ellas tengan que salir del país. ¿Es esto correcto? Si no, ¿qué se puede hacer?"
Pertierra respondió: El consejo que te dieron es correcto, debido a que ellos entraron ilegalmente al país. La ley requiere que salgan de Estados Unidos para obtener la residencia, y si han estado ilegalmente en el país por más de 1 año, tendrían que pasarse 10 anos en el exterior".
"No es aconsejable que salgan por 10 años de Estados Unidos. Y no creo que la Sección 245(i) vaya a regresar, pero si una reforma inmigratoria que pudiera incluir una variante de la 245(i) o quizás una variante que sea mas factible para esquivar las consecuencias de la nefasta ley del castigo de los 10 años".
Nota del editor:
La Sección 245(i) fue incluida en los cambios que hizo el Congreso en 1996 a la ley de inmigración estadounidense. En resumen, señala que si un extranjero ha permanecido indocumentado por más de 180 días debe ser castigado con 3 años fuera sin que durante ese tiempo pueda regresar. Y si la estadía ilegal supera el año o los 365 días, el castigo se eleva a 10 años.
Una vez que el castigo se cumpla, el extranjero debe iniciar un proceso consular para pedir perdón. Si el perdón es concedido, puede que reciba un permiso para volver a Estados Unidos.
Si regresa durante el castigo y es detenido, puede ser deportado de por vida.
© 2012 Univision Communications Inc.
* Esta información tiene el único fin de educar e informar. No tome acción alguna o deje de tomarla sobre la base de este contenido. No le recomendamos abstenerse de pedir consejo a un abogado. Por favor revise las Declaraciones Generales del Portal de Univision
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